“Artículo thirteen. Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún después de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado y ni éste ni aquellos podrán ser forzados a revelar tales confidencias, salvo que Un abogado https://pasessinextradicinconcolo04814.liberty-blog.com/28811577/top-abogado-penalista-secrets